En la Cooperativa Ñemby Ltda. Trabajamos en base a las Leyes, Normas y Reglamentos establecidos por las Entidades Reguladoras para la Prevención del Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo, abocados al máximo esfuerzo para minimizar riesgos y evitar que nuestra Institución sea utilizada para la realización de estos flagelos.
El término Lavado de Dinero se refiere a las actividades y transacciones financieras que son realizadas con el fin de ocultar el origen verdadero de fondos recibidos. Dichos fondos son provenientes de actividades ilegales y el objetivo de la misma es darle a ese dinero de origen ilegal, la apariencia de que proviene del flujo lógico de alguna actividad legalmente constituida.
Todas las Cooperativas son Sujetos Obligados de la Resolución 370/2011 de la Secretaria de Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo (SEPRELAD), la misma establece la Responsabilidad de todas las Cooperativas de verificar el movimiento financiero de todos sus Socios en base a sus Perfiles.
Es el conjunto de informaciones que permite a la Entidad Cooperativa identificar cuestiones tales como: características económico-financieras, la actividad económica, los tipos de productos y servicios con la Entidad, operaciones, periodicidad, volumen.
El principio Fundamental de la Resolución 370/2011 es “conocer al Socio”; por lo tanto la Cooperativa Ñemby cuenta con una política para la Prevención del Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo en un esfuerzo conjunto para recabar informaciones y datos relevantes que permite Conocer al Socio y de esta manera:
Desde diez mil dólares americanos o su equivalente en Moneda Nacional; ya sea en forma total o acumulativa.